¿Qué es el Modelo 151?
El Modelo 151 es la declaración anual del IRPF para quienes han optado válidamente por el régimen Beckham. Mientras los residentes ordinarios presentan el Modelo 100, los impatriados del artículo 93 LIRPF presentan el Modelo 151.
La diferencia clave es el alcance de lo que declaras. Bajo el régimen tributas, a grandes rasgos, como un no residente sobre la base del empleo mundial: las rentas del trabajo de fuente española tributan a un tipo fijo del 24% hasta 600.000€ (47% por encima), y la mayoría de las rentas extranjeras distintas del trabajo quedan fuera de la base española. Acertar con ese límite —sobre todo con un empleador extranjero, un desplazamiento o una nómina partida— es justo donde el Modelo 151 difiere de una declaración estándar.
Impatriados del art. 93
Quien tenga concedido el régimen Beckham (vía Modelo 149) presenta el Modelo 151 cada año en que el régimen esté vigente, hasta seis ejercicios.
Una vez al año
Por cada ejercicio bajo el régimen. La declaración de 2025 se presenta en la campaña de 2026, que cierra del 25 al 30 de junio de 2026.
¿Es tu caso?
El Modelo 151 es el modelo correcto si te reconoces en alguna de estas situaciones:
- Te trasladaste a España por trabajo y tu solicitud Beckham fue aprobada: ahora necesitas presentar tu primera (o siguiente) declaración anual.
- Trabajas para una empresa extranjera (p. ej. desplazado a España) y mantienes nómina extranjera o seguridad social extranjera (como un certificado A1 de la UE/Suiza).
- Tienes un cargo de administrador / director y fuiste admitido al régimen bajo la modalidad de directivo.
- Tú y tu cónyuge/familia os trasladasteis y cada uno necesita presentar su declaración.
- Recibiste un certificado de retribuciones español y no sabes con seguridad cómo deben declararse las rentas extranjeras, los datos del pagador o las cotizaciones extranjeras.
Estos son precisamente los casos sobre los que más nos consultan, y aquellos en los que un dato mal puesto en una declaración ordinaria puede costarte los beneficios del régimen.
El NRC: no lo dejes para el último día
Para pagar tu cuota de IRPF necesitas un NRC (Número de Referencia Completo): una referencia de pago que emite un banco español o la AEAT una vez se paga o se carga el impuesto. Muchos recién llegados aún no tienen la banca online española configurada, o no conocen cómo se genera el NRC, y descubren el problema el día del vencimiento.
Si pagas por domiciliación bancaria, la declaración debe presentarse antes del 25 de junio de 2026; pagando por otros medios (incluyendo obtener tú mismo el NRC) el plazo se extiende al 30 de junio de 2026. En cualquier caso, para un contribuyente extranjero lo prudente es empezar bastante antes del cierre.
Calendario de la declaración 2025
El régimen dura hasta seis ejercicios, así que el Modelo 151 es una obligación anual recurrente, no algo puntual.
Presenta tu Modelo 151 con especialistas
beckhamlaw.eu es una guía independiente. La presentación la realiza nuestro socio editorial DPLL Tax & Legal, especialistas en la Ley Beckham en Barcelona (colegiados en el ICAB), que preparan y presentan el Modelo 151 para clientes impatriados, incluidos los casos complejos de empleador extranjero y desplazamiento.
- Revisión de tu situación y documentos (NIE, certificados, certificados de retribuciones)
- Tratamiento correcto de las rentas del trabajo españolas y extranjeras bajo el régimen
- Preparación y presentación telemática del Modelo 151 ante la AEAT
- Orientación sobre el pago y el NRC, para que no se te pase el plazo
- Un especialista que maneja empleadores extranjeros, desplazamientos y casos A1
El encargo, los honorarios y el pago los gestiona DPLL Tax & Legal y se confirman en tu llamada gratuita, según tu perfil de rentas. Con el plazo del 25–30 de junio acercándose, reserva ya para asegurar tu presentación a tiempo.
Preguntas frecuentes
¿El Modelo 151 es distinto del Modelo 100?
Sí. El Modelo 100 es la declaración ordinaria de IRPF para residentes. El Modelo 151 es la declaración específica para quienes tributan bajo el régimen Beckham (art. 93 LIRPF). Presentar el modelo equivocado, o declarar la renta mundial como residente ordinario, puede poner en riesgo los beneficios del régimen.
Tengo un empleador extranjero y pago seguridad social extranjera, ¿podéis presentarlo igualmente?
Sí. Los desplazamientos, las nóminas partidas y la cobertura de seguridad social extranjera (por ejemplo un certificado A1 de la UE o de Suiza) son habituales entre los impatriados. Estos casos requieren un tratamiento cuidadoso en el Modelo 151, que es justo lo que gestionan los especialistas de DPLL.
¿Qué es el NRC y por qué importa?
El NRC (Número de Referencia Completo) es la referencia de pago que acredita que tu impuesto se ha pagado o cargado. Lo necesitas para liquidar la declaración salvo que pagues por domiciliación. Los contribuyentes extranjeros sin banca online española suelen tener dificultades para obtenerlo a tiempo, así que conviene empezar antes del plazo.
¿Cuándo vence la declaración de 2025?
Para el ejercicio 2025, el plazo en 2026 cierra el 25 de junio si pagas por domiciliación bancaria, o el 30 de junio por otros medios.
¿Mi cónyuge y yo necesitamos cada uno una declaración?
Sí, el Modelo 151 se presenta de forma individual. Una pareja que se trasladó bajo el régimen necesita una declaración cada uno. Los honorarios son por declaración y por persona.
¿Cuánto dura el régimen?
Hasta seis ejercicios (el año de llegada más los cinco siguientes), siempre que sigas cumpliendo las condiciones. Presentas el Modelo 151 por cada uno de esos años.