★ Guía pública e independiente · La Ley Beckham Actualizada mayo 2026En castellanoNo es asesoramiento legal
Herramienta · Gratuita · 3 minutos

Descubre si cumples los requisitos de la Ley Beckham en 3 minutos.

Doce preguntas sobre residencia, fuente de ingresos, actividad cualificada y plazos. Al final obtienes un veredicto sí / no / caso límite y una lista de comprobación de lo que debes corregir o verificar.

12PREGUNTAS
~3 minTIEMPO MEDIO
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0REGISTRO
Art. 93LIRPF
0/12 respondidas
P.01 · Residencia previa

¿Has sido residente fiscal en España en algún momento de los últimos 5 ejercicios fiscales?

La residencia fiscal implica más de 183 días al año o tener en España el principal centro de intereses económicos. Las visitas cortas, los viajes de negocios y las estancias turísticas no se computan.

P.02 · Motivo del traslado

¿Cuál es el motivo principal por el que te trasladas a España?

El régimen exige una base cualificada: contrato laboral, traslado, cargo de administrador, trabajo en remoto, investigación o actividad emprendedora cualificada.

P.03 · Días en España

¿Pasarás más de 183 días por año natural en España?

La residencia fiscal en España es el fundamento del régimen — sin ella el resto no aplica.

P.04 · Fuente de ingresos

¿De dónde procederán tus ingresos principales tras el traslado?

El tipo fijo del 24% se aplica principalmente a los rendimientos del trabajo de fuente española. El trabajo en remoto para empleadores extranjeros está cubierto como renta de nómada digital.

P.05 · Nivel de ingresos

¿Cuál es tu renta bruta anual prevista en España?

El tipo del 24% se aplica hasta 600.000 €; los ingresos que superen ese umbral tributan al 47%. En cualquier caso, cumples los requisitos — esto es informativo.

P.06 · Administrador / participación

¿Eres administrador con más del 25% de participación en una empresa cuya actividad principal sea la gestión de activos mobiliarios o inmobiliarios?

Los administradores de sociedades patrimoniales están expresamente excluidos. Los administradores de sociedades operativas no se ven afectados.

P.07 · Establecimiento permanente

¿Obtendrás rentas que constituyan un establecimiento permanente en España?

En términos generales: ¿tienes una sucursal, oficina o lugar fijo de negocios en España que genere beneficios empresariales atribuibles a ti?

P.08 · Plazo de solicitud

¿Cuándo te inscribiste (o te inscribirás) en la Seguridad Social española?

Tienes seis meses desde esa fecha para presentar el Modelo 149. Si pierdes el plazo, pierdes el derecho a optar — de forma definitiva.

P.09 · NIE / TIE

¿Tienes un NIE español (número de identificación fiscal)?

Necesitarás un NIE para presentar el Modelo 149 y para cobrar de un empleador español. Los ciudadanos de fuera de la UE también necesitan la tarjeta TIE de residencia.

P.10 · Familia

¿Incluirás a tu cónyuge o hijos menores de 25 años en el régimen?

Los familiares pueden beneficiarse del régimen en paralelo, con declaraciones separadas. Esto no afecta a tu propia elegibilidad.

P.11 · Activos en el extranjero

¿Tienes activos significativos fuera de España que quieras mantener fuera de la base imponible española?

Bajo el régimen no estás obligado a presentar el Modelo 720 (declaración de activos en el extranjero) y el patrimonio exterior está exento del impuesto sobre el patrimonio en España.

P.12 · Declaraciones previas

¿Has presentado declaraciones del IRPF en España en años anteriores?

Las declaraciones como no residente (Modelo 210) no son problemáticas. Las declaraciones como residente (Modelo 100) en los últimos cinco años descalificarían.

Obtén tu veredicto de elegibilidad

Responde las 12 preguntas para desbloquear tu resultado. No almacenamos nada, no enviamos nada a ningún sitio ni pedimos tu correo electrónico.

Esta es una herramienta informativa, no asesoramiento jurídico ni fiscal. El veredicto refleja las respuestas proporcionadas; una opinión formal sobre la elegibilidad requiere la revisión de contratos y documentación de respaldo por parte de un profesional cualificado.